Normativa Vigente

ARTÍCULO A: MEMBRESÍA


Hacer amigos

Los fundadores de la asociación son miembros de la misma desde la fecha de inscripción de la asociación en el registro de asociaciones.

Una persona que desee ser miembro de la asociación deberá presentar al comité una solicitud en el siguiente formulario:

Yo (nombre, dirección y número de identificación) solicito ser miembro ” de la asociación (el nombre de la asociación). Conozco los objetivos y los estatutos de la asociación. Si me aceptan como miembro, me comprometo” a cumplir con los estatutos de la asociación. y resoluciones.

La decisión sobre la aceptación del solicitante como miembro de la asociación o su no aceptación la toma el comité; Si el comité se niega a aceptar al solicitante, puede apelar la negativa antes de la próxima junta General.

Derechos y obligaciones de un miembro

  1. Un miembro de la asociación tiene derecho a asistir y votar en cada reunión general y tendrá un voto en cada votación; Tiene derecho a elegir y ser elegido para el comité o comité de auditoría.
  2. Un miembro de la asociación tiene derecho a participar en las actividades de la asociación y disfrutar de sus servicios.
  3. El comité, con la aprobación de la asamblea general, podrá determinar las cuotas de membresía cuyo pago será obligatorio para los miembros.
  4. La expiración de la membresía en la asociación no exime de la liquidación de los pagos recibidos por la asociación del miembro en la víspera de la expiración de su membresía por el período hasta la expiración de su membresía.

Caducidad de la membresía

(A) La membresía en la asociación expira por la muerte del miembro, y en un miembro que es una corporación en la liquidación final.

en su retiro de la asociación; Se notificará por escrito la jubilación al Comité con treinta días de anticipación.

Al ser destituido de la asociación.

La junta general puede, a propuesta del comité, decidir la expulsión de un miembro de la asociación por una de las siguientes razones:

  • El miembro no ha pagado a la asociación lo que le debe.
  • El miembro no cumple con las disposiciones de los estatutos o una resolución de la junta general
  • El miembro actúa en contra de los objetivos de la asociación.
  • El miembro ha sido condenado por un delito que implique. deshonra.

El comité no propondrá a una asamblea general la expulsión de un miembro de la asociación hasta después de que le haya dado la oportunidad adecuada para presentar sus argumentos ante él, y no propondrá por las razones indicadas en el sub-reglamento (b) (1), (2) o (3) Para corrección distorsionada.

4 Dar mensajes a un amigo.

Se le entregará por escrito una invitación, demanda, notificación y cualquier otra notificación de la asociación a un miembro, que le será entregada en mano o por correo ordinario a su dirección registrada en el registro de miembros; A solicitud por escrito del miembro, la asociación cambiará su dirección que figura en el registro de miembros.


ARTÍCULO B: LA JUNTA GENERAL


El comité determinará la fecha, la hora y el lugar de la reunión general.

Se convocará una reunión general mediante notificación a cada miembro con al menos diez días de antelación y se indicará el día, la hora, el lugar y el orden del día de la reunión.

Funciones de la Junta General Ordinaria.

Una asamblea general ordinaria escuchará las leyes y cuentas sobre las acciones del comité y las acciones del comité de auditoría, las discutirá y el estado financiero que le presente el comité, decidirá sobre su aprobación y elegirá el comité y el comité de auditoría.

No se abrirá una reunión general a menos que esté presente al menos una cuarta parte de los miembros de la asociación; En caso de estar presente en la apertura de la reunión, podrá continuar sus deliberaciones y tomar decisiones, aunque haya disminuido el número de asistentes.

Si dicho quórum no se reúne dentro de una hora del tiempo especificado en la invitación, se dará por terminada la reunión, sin necesidad de invitación adicional, por una semana a la misma hora y lugar, y en esta reunirse con los presentes discutirá.

Presidente y Secretario.

Una asamblea general elegirá, de entre los miembros de la asociación, al presidente y al secretario de la asamblea

Los acuerdos de la Asamblea General se tomarán por mayoría de los votos emitidos, salvo que la ley o estos Estatutos requieran una mayoría diferente para su adopción; Si los votos son iguales, el presidente de la reunión podrá decidir.

El secretario de la Junta General administrará el acta de la reunión.



ARTÍCULO C: EL COMITÉ EJECUTIVO


Número de miembros

El número de miembros del comité se determinará mediante resolución de la junta general y no será inferior a dos años.

Periodo de mandato

El comité servirá desde el momento en que es elegido en una reunión general hasta que otra reunión general elija un nuevo comité; El miembro del comité saliente puede ser elegido para el nuevo comité.

Un miembro del Comité puede renunciar en cualquier momento a su cargo mediante notificación por escrito al Comité; Un miembro del comité dejará de ocupar su cargo si es declarado incompetente o en quiebra.

Finalización del comité.

Si un miembro del comité queda vacante, el restante o el restante pueden nombrar a otro miembro de la asociación para que sirva como miembro del comité hasta la próxima reunión general; Hasta tal nombramiento, los restantes o los restantes podrán seguir actuando como comité.

Un miembro del comité que no pueda desempeñar sus funciones, el restante o el restante podrá nombrar a un miembro de la asociación para que cumpla con su cargo hasta que regrese a desempeñar sus funciones.

Reuniones de comités

El comité podrá regular la fecha de sus reuniones, la invitación a las mismas, el quórum requerido para las mismas y la forma en que se llevarán a cabo.

Las decisiones de la comisión se tomarán por mayoría de los votos emitidos; Si los votos eran iguales, no se aceptaba la oferta; La decisión de todos los miembros del comité por unanimidad también se puede tomar sin la reunión del comité

El comité llevará actas de sus reuniones y decisiones.

El derecho de representación:

El comité puede autorizar a dos o más de sus miembros a firmar en nombre de la asociación los documentos que lo vincularán y a realizar en su nombre acciones que estén dentro de su área de autoridad.



ARTÍCULO D: COMITÉ DE AUDITORÍA


Aplicabilidad de las disposiciones.

Artículo E: Sucursales

Establecimiento de sucursales

La asociación puede, por decisión de la junta general, establecer sucursales y determinar su organización y los procedimientos para administrar sus asuntos.


ARTÍCULO E: PROPIEDADES DESPUÉS DE LA LIQUIDACIÓN


Transferencia de excedentes de activos

La asociación se disolvió y luego de que sus deudas fueran canceladas en su totalidad, quedaron activos. Estos activos serán transferidos a otra asociación con fines similares.


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