"La vida solo puede vivirse mirando hacia adelante y solo puede entenderse mirando hacia atrás."
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PRINCIPIOS
Capítulo A: Establecimiento
Dos o más personas, que sean adultas, que deseen constituirse como sociedad
anónima con un propósito legal que no tenga la intención de distribuir ganancias entre sus miembros y cuyo propósito principal no sea obtener ganancias, podrán constituir una asociación; La asociación es una escuela secundaria con su inscripción en el registro de asociaciones.
Los fundadores deberán presentar una solicitud para el registro de una asociación al Registrador de Asociaciones (en adelante, el Registrador) y deberá indicar el nombre de la asociación, sus propósitos, respuesta en Israel, los nombres de los fundadores direcciones y sus números de identidad; La solicitud irá acompañada de una declaración jurada firmada por todos los fundadores sobre su voluntad de establecer una asociación, como se indica en la solicitud, y de formar parte de ella como miembros del comité.
Después de la presentación de la solicitud, y mientras la asociación no haya sido registrada, el Registrador reconocerá cualquier solicitud de enmienda o enmienda de un individuo como se indica en la subsección (a), si está firmada por una mayoría de los fundadores que firmaron la solicitud original; Siempre que haya quedado probado a su satisfacción que la notificación de la decisión de solicitar enmienda o enmienda fue enviada a todos los fundadores por correo certificado al menos 14 días antes de la fecha de su presentación.
3.- Una asociación no será registrada si uno de sus propósitos niega la existencia del
Estado de Israel o su carácter democrático, o si existe una base razonable para concluir que la asociación servirá como disfraz para acciones ilegales.
No se registrará una asociación con un nombre que pueda inducir a error o dañar la
política pública o sus sentimientos.
Capítulo B: Reglas
9.- Cada asociación tendrá estatutos como se especifica en este capítulo. Los estatutos son un contrato entre la asociación y sus miembros y entre ellos
10.- Los fundadores pueden someterse al Registro de Estatutos de la Asociación; Si los fundadores no han presentado un estatuto a dicho registrador, considerarán los
estatutos existentes en el primer apéndice como estatutos.
11.- Una asociación puede cambiar sus estatutos, su nombre y sus propósitos en una
resolución de la junta general aprobada por mayoría de los votos con derecho a voto en ella; Una decisión en virtud de esta sección está sujeta a registro por parte del Registrador y las disposiciones de las secciones 4 a 7 y 10 se aplicarán, mutatis mutandis; Vigencia de la decisión a partir de la fecha de registro por parte del
Registrador.
Cambiar el propósito de una asociación para otro propósito o cambiar las disposiciones de los estatutos con respecto a la designación de los activos en liquidación (en esta sección – propósito), así como agregar un propósito a una asociación o deducirlos (en este sección – cambio de finalidad), será decidido por la asamblea general. El desglose de los activos devengados a los efectos de la asociación se traslada al cambio solicitado, y las obligaciones que la asociación ha asumido al respecto, incluso hacia los donantes de la asociación.
Se hará un cambio de objetivos como se establece en el inciso (b) como se
específica a continuación, según sea el caso:
Si el propósito que la asociación busca reemplazar, restar valor o agregar está cerca del propósito que está reemplazando o de sus otros propósitos (en esta sección, un propósito cercano), dicho cambio está sujeto a registro por parte del Registrador; Si el Registrador considera que dicho propósito no es un propósito inminente, lo notificará a la empresa y actuará como se indica en el párrafo (2).
(2). Si el propósito que la asociación busca reemplazar o agregar no es un propósito
cercano, o la asociación no tiene un propósito cercano al propósito que busca restar
valor, tal cambio está sujeto a la aprobación del tribunal.
15.- Cualquier persona que haya alcanzado la edad de diecisiete años y cualquier
corporación es elegible para ser miembro de una asociación.
No obstante, las disposiciones de la sección 4 de la Ley de Cualificaciones Legales y Tutela de 1962, la incorporación de un menor a una asociación y el voto de un menor que es miembro de la asociación en la asamblea general no están sujetos al
consentimiento de su representante.
16.- Las condiciones para la membresía en la asociación, la expiración de la
membresía, la admisión de miembros, la jubilación y la expulsión estarán de acuerdo
con las disposiciones del reglamento, sin embargo la jubilación de un miembro no estará condicionada a la notificación con antelación razonable
Un miembro no se va excepto por las razones especificadas en los estatutos y
después de que se le haya dado una oportunidad adecuada para hacer sus reclamos.
17.- La pertenencia a la asociación es personal, intransferible y no heredable.
18.- Una asociación debe mantener un registro de miembros y registrar en él a cada miembro, su dirección, su número de identidad, la fecha de inicio de su membresía y la fecha de su expiración.
Capítulo IV: Instituciones
19.- Cada asociación tendrá una reunión general, un comité de un comité de auditoría y puede tener instituciones adicionales como se establece en sus estatutos
(B) La Junta General podrá decidir que en lugar del Comité de Auditoría se designe un comité de auditoría o un órgano aprobado a tal efecto por el secretario (en adelante, el órgano de auditoría).